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Modelos 172 y 173: declaración informativa cripto

La declaración que presenta tu exchange, no tú

Resumen rápido: los Modelos 172 y 173 son declaraciones informativas que presenta tu exchange, no tú. El 172 informa de tus saldos a 31 de diciembre; el 173, de tus operaciones del año. Lo que sí te toca a ti es tu IRPF y, si procede, el Modelo 721.

Modelo Qué informa Quién lo presenta Plazo
172 Saldos en monedas virtuales a 31-dic Tu exchange / custodio (en España) Enero
173 Operaciones del año (compra, venta, permuta, transferencia) Tu exchange / custodio (en España) Enero
721 Cripto en el extranjero > 50.000 € Tú (contribuyente) 1 ene – 31 mar
100 Ganancias y pérdidas patrimoniales (IRPF) Tú (contribuyente) Campaña de renta (abr – jun)

Qué significa esto para ti

No tienes que hacer ningún trámite con el 172 o el 173. Pero implican que Hacienda recibe tus saldos y operaciones antes de que presentes la renta. La consecuencia práctica: tu declaración de criptomonedas y tu Modelo 721 deben cuadrar con lo que informe tu plataforma. Declarar bien deja de ser opcional.

Qué es el Modelo 172

El Modelo 172 es la «Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales». Están obligadas a presentarlo las personas y entidades residentes en España —y los establecimientos permanentes en territorio español— que presten servicios de salvaguarda de claves criptográficas privadas en nombre de terceros (custodia), o que presten servicios de cambio entre monedas virtuales y dinero fiduciario, o que intermedien de cualquier forma en esas operaciones.

En la declaración se identifica a los titulares, autorizados o beneficiarios y se comunican los saldos a 31 de diciembre de cada moneda virtual y de la moneda fiduciaria asociada, valorados en euros. Es, en esencia, una fotografía anual de lo que cada usuario mantiene en la plataforma.

Qué es el Modelo 173

El Modelo 173 es la «Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales». Lo presentan los mismos obligados que el 172, pero en lugar de saldos informa de los movimientos del ejercicio: adquisiciones, transmisiones, permutas (cripto por cripto), transferencias, y los cobros y pagos realizados, con sus contraprestaciones en euros. Si el 172 es la foto de fin de año, el 173 es la película de todo lo que pasó durante él.

Quién está obligado (y quién no)

La clave que casi nadie explica bien: tú, como usuario particular, no presentas ni el 172 ni el 173. Son obligaciones de los proveedores de servicios de criptoactivos. Tus deberes como contribuyente son otros:

Exchanges españoles frente a extranjeros

Los Modelos 172 y 173 solo obligan a proveedores residentes o con establecimiento permanente en España. Un exchange nativo español como Bit2Me informa directamente a la Agencia Tributaria. Una plataforma sin presencia fiscal en España no presenta estos modelos.

Eso no significa que quedes fuera del radar. La directiva europea DAC8 —aplicable desde 2026, con el primer intercambio de información en 2027— obliga a los proveedores de la UE a reportar y a las administraciones a intercambiarse esos datos automáticamente. El resultado es el mismo: Hacienda acabará teniendo tus datos, uses el exchange que uses dentro de la Unión.

Base normativa

Estas obligaciones se desarrollaron con el Real Decreto 249/2023, que introdujo los artículos 39 bis y 39 ter del Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria. Los modelos se aprobaron por Orden ministerial en julio de 2023 y se presentan por primera vez en enero de 2024, referidos al ejercicio 2023. Puedes consultar la información oficial en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y el texto del RD 249/2023 en el BOE.

Cómo prepararte tú

Como no presentas el 172/173, tu tarea es que tu declaración cuadre con ellos. Dos pasos concretos:

Si tu caso es complejo —muchas operaciones, DeFi, staking, varios exchanges— exportar tu histórico a un servicio profesional como Koinly (afiliado) te da un informe reconciliado y listo para la AEAT.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar yo el Modelo 172 o el 173?

No. Los Modelos 172 y 173 son declaraciones informativas que presentan los proveedores de servicios de criptoactivos (exchanges, plataformas de custodia) residentes en España o con establecimiento permanente en España. Como usuario particular tú NO los presentas. Lo que sí te corresponde a ti es declarar las ganancias y pérdidas en tu IRPF (modelo 100) y, si superas 50.000 € en el extranjero, el Modelo 721.

¿Cuál es la diferencia entre el 172, el 173 y el 721?

El Modelo 172 informa de saldos a 31 de diciembre y el 173 de las operaciones del año; ambos los presenta tu exchange. El Modelo 721 lo presentas tú si tienes más de 50.000 € en monedas virtuales custodiadas fuera de España. Son obligaciones distintas y de sujetos distintos: 172/173 = proveedor; 721 e IRPF = tú.

¿Qué informa exactamente el Modelo 172?

La "Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales": identifica a los titulares, autorizados o beneficiarios y comunica el saldo a 31 de diciembre de cada moneda virtual y de la moneda fiduciaria asociada, con su valoración en euros. Es una foto anual de lo que tienes en esa plataforma.

¿Qué informa el Modelo 173?

La "Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales": las operaciones de adquisición, transmisión, permuta (cripto por cripto), transferencia, cobros y pagos realizados durante el año, con las contraprestaciones en euros. Es la película de tus movimientos, frente a la foto de saldos del 172.

Uso un exchange extranjero. ¿También informan de mí a Hacienda?

Los Modelos 172 y 173 solo obligan a proveedores residentes o con establecimiento permanente en España (por ejemplo, Bit2Me). Un exchange sin presencia fiscal en España no los presenta. Sin embargo, con la directiva europea DAC8 —aplicable a partir de 2026, con el primer intercambio de datos en 2027— las administraciones tributarias de la UE se intercambiarán automáticamente esta información. Conclusión práctica: antes o después, Hacienda dispondrá de tus datos igualmente.

¿Qué pasa si mis datos del 172/173 no cuadran con mi declaración?

Que Hacienda ya tiene esos datos antes de que presentes la renta. Si tu IRPF o tu Modelo 721 no son coherentes con lo que ha informado tu exchange, es un motivo habitual de requerimiento o comprobación. Por eso conviene calcular bien las ganancias con criterio FIFO y declarar con precisión.

¿Desde cuándo existen estos modelos?

Se desarrollaron con el Real Decreto 249/2023 (artículos 39 bis y 39 ter del Reglamento General de gestión e inspección) y se aprobaron por Orden ministerial en julio de 2023. Se presentan por primera vez en enero de 2024, referidos al ejercicio 2023.

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Este sitio no presta servicios de asesoramiento financiero o fiscal. El contenido es informativo y educativo. Las decisiones de inversión y tributación son tu responsabilidad; para casos concretos consulta con un asesor cualificado.